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Normativa

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LEY 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.

Ficha
Boletin Boletín Oficial del Estado. Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección I. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor JEFATURA DEL ESTADO 
Número de disposición 17/2003 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma LEY 
Tipo de legislación Legislacion Frecuente Refundido 
Materia
  • DERECHO PENAL => OTRAS NORMAS
Extracto del documento solicitado
Preambulo

JUAN CARLOS I...(Demo)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Código Penal establece, en materia de comiso por delitos de tráfico ilícito de drogas, que los bienes, efectos e instrumentos definitivamente decomisados por sentencia se adjudicarán al Estado.

Como complemento de esta disposición, fue aprobada la Ley 36/1995, de 11 de diciembre, que creó el Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas

y otros delitos relacionados, afectando dichos bienes al cumplimiento de determinados fines, cuales son los de la realización de programas de prevención de las toxicomanías, la asistencia de drogodependientes, la inserción social y laboral de aquéllos, la intensificación y mejora de las actuaciones de prevención, investigación, persecución y represión de los delitos relacionados con...(Demo)

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Esta ley tiene por objeto.

1. Regular el destino de los bienes, efectos e instrumentos que sean objeto de comiso en aplicación de los artículos 374 del...(Demo)

Artículo 2. Fines.

Los fines a los que se destinará este fondo serán los siguientes.

1. Programas...(Demo)

Artículo 3. Destinatarios y beneficiarios.

1. Podrán ser destinatarios y beneficiarios de los recursos del fondo a los que se alude en el artículo 1.2 de esta ley los organismos, instituciones y personas jurídicas siguientes.

a) La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

b) Las comunidades autónomas y las...(Demo)

Artículo 4. Destino de los recursos del fondo.

1. Los bienes y efectos integrados en el fondo, que no consistan en dinero u otros instrumentos de pago al portador, y que sean de libre comercio y susceptibles de valoración económica, a excepción de los referidos en la disposición adicional tercera, serán, con carácter general, enajenados por los...(Demo)

Artículo 5. Resoluciones judiciales.

1. Declarada la firmeza de una sentencia judicial, en la cual se decrete el comiso y adjudicación definitiva al Estado de los bienes, efectos, instrumentos y ganancias, en aplicación del artículo 374 del Código Penal y del artículo 301.1, párrafo segundo del...(Demo)

Artículo 6. Mesa de coordinación de adjudicaciones.

1. La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones es un órgano colegiado interministerial, con capacidad jurídica para enajenar de acuerdo con la legislación vigente, integrada en el Ministerio del Interior a través de la...(Demo)

Artículo 7. Control de la actividad del fondo.

1. Dentro del primer trimestre de cada ejercicio,...(Demo)

DISPOSICIONES ADICIONALES

 ...(Demo)
D.A. 1ª. Gastos de gestión y administración del fondo.

1. La constitución y funcionamiento ordinario de la Mesa de Coordinación de...(Demo)

D.A. 2ª. Legislación supletoria.

En todo lo no previsto en esta ley y en su normativa de desarrollo,...(Demo)

D.A. 3ª. Bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.

En el supuesto de que los bienes...(Demo)

D.A. 4ª. Incorporación de créditos.

El importe del crédito...(Demo)

D.A. 5ª. Inscripción en registros públicos de bienes del fondo.

1. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, a instancias de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, procederá, con la mayor brevedad,

a inscribir los bienes y derechos del fondo existentes...(Demo)

DISPOSICIONES DEROGATORIAS

 ...(Demo)
D.DT. UNICA. Derogación normativa.

Queda derogada la Ley 36/1995, de...(Demo)

DISPOSICIONES FINALES

 ...(Demo)
D.F. UNICA. Habilitación al Gobierno.

Se habilita al Gobierno para que...(Demo)

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