Preambulo
JUAN CARLOS I...(Demo)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Código Penal establece, en materia de comiso por
delitos de tráfico ilícito de drogas, que los bienes,
efectos e instrumentos definitivamente decomisados por sentencia se
adjudicarán al Estado.
Como complemento de esta disposición, fue aprobada la Ley
36/1995, de 11 de diciembre, que creó el Fondo de bienes
decomisados por tráfico de drogas
y otros delitos relacionados, afectando dichos bienes al
cumplimiento de determinados fines, cuales son los de la
realización de programas de prevención de las
toxicomanías, la asistencia de drogodependientes, la
inserción social y laboral de aquéllos, la
intensificación y mejora de las actuaciones de
prevención, investigación, persecución y
represión de los delitos relacionados con...(Demo)
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Esta ley tiene por objeto.
1. Regular el destino de los bienes, efectos e instrumentos que
sean objeto de comiso en aplicación de los artículos
374 del...(Demo)
Artículo 2. Fines.
Los fines a los que se destinará este fondo serán
los siguientes.
1. Programas...(Demo)
Artículo 3. Destinatarios y beneficiarios.
1. Podrán ser destinatarios y beneficiarios de los
recursos del fondo a los que se alude en el artículo 1.2 de
esta ley los organismos, instituciones y personas jurídicas
siguientes.
a) La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas.
b) Las comunidades autónomas y las...(Demo)
Artículo 4. Destino de los recursos del fondo.
1. Los bienes y efectos integrados en el fondo, que no consistan
en dinero u otros instrumentos de pago al portador, y que sean de
libre comercio y susceptibles de valoración
económica, a excepción de los referidos en la
disposición adicional tercera, serán, con
carácter general, enajenados por los...(Demo)
Artículo 5. Resoluciones judiciales.
1. Declarada la firmeza de una sentencia judicial, en la cual se
decrete el comiso y adjudicación definitiva al Estado de los
bienes, efectos, instrumentos y ganancias, en aplicación del
artículo 374 del Código Penal y del artículo
301.1, párrafo segundo del...(Demo)
Artículo 6. Mesa de coordinación de adjudicaciones.
1. La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones es un
órgano colegiado interministerial, con capacidad
jurídica para enajenar de acuerdo con la legislación
vigente, integrada en el Ministerio del Interior a través de
la...(Demo)
Artículo 7. Control de la actividad del fondo.
1. Dentro del primer trimestre de cada ejercicio,...(Demo)
DISPOSICIONES ADICIONALES
...(Demo)
D.A. 1ª. Gastos de gestión y administración del fondo.
1. La constitución y funcionamiento ordinario de la Mesa
de Coordinación de...(Demo)
D.A. 2ª. Legislación supletoria.
En todo lo no previsto en esta ley y en su normativa de
desarrollo,...(Demo)
D.A. 3ª. Bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.
En el supuesto de que los bienes...(Demo)
D.A. 4ª. Incorporación de créditos.
El importe del crédito...(Demo)
D.A. 5ª. Inscripción en registros públicos de bienes del fondo.
1. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas, a instancias de la Mesa de Coordinación de
Adjudicaciones, procederá, con la mayor brevedad,
a inscribir los bienes y derechos del fondo existentes...(Demo)
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
...(Demo)
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
Queda derogada la Ley 36/1995, de...(Demo)
DISPOSICIONES FINALES
...(Demo)
D.F. UNICA. Habilitación al Gobierno.
Se habilita al Gobierno para que...(Demo)