El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se
reestructuran los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto
438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura
orgánica básica de los Departamentos ministeriales,
con objeto de facilitar el desarrollo del programa político
del Gobierno y conseguir la máxima eficacia y racionalidad
en su acción, establecen una reestructuración de las
competencias ministeriales. Asimismo al objeto de poder dar
cumplimiento a dicho programa político y mejorar la
prestación que se da a los ciudadanos se hace preciso
modificar la estructura del Ministerio de Sanidad y Consumo,
adaptando la estructura orgánica existente al cumplimiento
de estos objetivos.
La principal modificación desde el punto de vista
orgánico es la transformación del Centro Nacional de
Transplantes y Medicina Regenerativa en la Dirección General
de Terapias Avanzadas y Trasplantes, que tiene por finalidad la
coordinación con la investigación en ciencias de la
salud que permita un posterior traslado de la investigación
al conjunto del Sistema Nacional de Salud y, por lo tanto, una
mejora de la calidad del servicio público esencial cuyos
usuarios son los ciudadanos, y a la que se adscribe la
Organización Nacional de Trasplantes.
Además, se introduce la posibilidad de que el Director
General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, no tenga que tener
necesariamente la condición de funcionario. El motivo es que
se trata de una dirección general que debe desarrollar
tareas extraordinariamente específicas y especializadas del
campo de la salud, existiendo profesionales fuera del ámbito
de la función pública que coinciden con este perfil y
que cuentan con la necesaria experiencia
científicotécnica, por lo que se considera adecuado
su apertura para aumentar las posibilidades de cubrir el puesto con
una persona con los conocimientos y el ejercicio profesional
adecuados.
Igualmente, al objeto de racionalizar la estructura del
departamento y mejorar la cohesión del Sistema Nacional de
Salud, pasan a depender de la Secretaría General de Sanidad
las competencias en materia de financiación de medicamentos,
de coordinación en materia de política
farmacéutica y de la ordenación profesional.
Asimismo, se incluyen otras modificaciones en cuanto a cambio de
denominaciones de algunas direcciones generales y a la
adscripción de órganos o unidades ya existentes, que
responden a la necesidad de adecuar las funciones a cada
órgano y conseguir así una mejora en la
gestión que permita una mayor eficacia en la
prestación del servicio público sanitario que al
Ministerio le corresponde.
En todo caso, las modificaciones introducidas pretenden una
mayor...