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Normativa

REAL DECRETO 1133/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Ficha
Boletin Boletín Oficial del Estado Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección I. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS 
Número de disposición 1133/2008 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma REAL DECRETO 
Tipo de legislación Legislacion Frecuente Seleccionado 
Materia
  • DERECHO CONSTITUCIONAL => GOBIERNO
Extracto del documento solicitado

El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, con objeto de facilitar el desarrollo del programa político del Gobierno y conseguir la máxima eficacia y racionalidad en su acción, establecen una reestructuración de las competencias ministeriales. Asimismo al objeto de poder dar cumplimiento a dicho programa político y mejorar la prestación que se da a los ciudadanos se hace preciso modificar la estructura del Ministerio de Sanidad y Consumo, adaptando la estructura orgánica existente al cumplimiento de estos objetivos.
La principal modificación desde el punto de vista orgánico es la transformación del Centro Nacional de Transplantes y Medicina Regenerativa en la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, que tiene por finalidad la coordinación con la investigación en ciencias de la salud que permita un posterior traslado de la investigación al conjunto del Sistema Nacional de Salud y, por lo tanto, una mejora de la calidad del servicio público esencial cuyos usuarios son los ciudadanos, y a la que se adscribe la Organización Nacional de Trasplantes.
Además, se introduce la posibilidad de que el Director General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, no tenga que tener necesariamente la condición de funcionario. El motivo es que se trata de una dirección general que debe desarrollar tareas extraordinariamente específicas y especializadas del campo de la salud, existiendo profesionales fuera del ámbito de la función pública que coinciden con este perfil y que cuentan con la necesaria experiencia científicotécnica, por lo que se considera adecuado su apertura para aumentar las posibilidades de cubrir el puesto con una persona con los conocimientos y el ejercicio profesional adecuados.
Igualmente, al objeto de racionalizar la estructura del departamento y mejorar la cohesión del Sistema Nacional de Salud, pasan a depender de la Secretaría General de Sanidad las competencias en materia de financiación de medicamentos, de coordinación en materia de política farmacéutica y de la ordenación profesional.
Asimismo, se incluyen otras modificaciones en cuanto a cambio de denominaciones de algunas direcciones generales y a la adscripción de órganos o unidades ya existentes, que responden a la necesidad de adecuar las funciones a cada órgano y conseguir así una mejora en la gestión que permita una mayor eficacia en la prestación del servicio público sanitario que al Ministerio le corresponde.
En todo caso, las modificaciones introducidas pretenden una mayor...
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