REAL DECRETO 1577/2008, de 26 de septiembre, por el que se establece la separacion de Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instruccion en el partido judicial de Alcobendas, Madrid.
Extracto del documento solicitado
El artículo 21. 1 dela Ley 38/1988, de 28 de diciembre,
de demarcación y de planta judicial, dispone que el
Gobierno, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con
el informe previo de las comunidades autónomas con
competencias transferidas en materia de justicia, podrá
establecer la separación entre Juzgados de Primera Instancia
y Juzgados de Instrucción en aquellos partidos judiciales en
los que el número de Juzgados de Primera Instancia e
Instrucción así lo aconseje.
El partido judicial de Alcobendas cuenta con el número de
órganos judiciales que aconsejan esta medida. Y por ello, el
Consejo General del Poder Judicial ha efectuado las preceptivas
propuestas de separación de juzgados de primera instancia y
de juzgados de instrucción en dicho partido judicial.
Con esta separación se pretende mejorar la
Administración de Justicia en el partido judicial de
Alcobendas y conseguir mayor eficacia en la tramitación y
resolución de asuntos. Hay que tener en...